martes, 27 de octubre de 2020

Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales


Ley 26.733, 25/10/2012


Art. 1°

Las disposiciones sobre reparación de accidentes y enfermedades laborales tienen como

objetivo la cobertura de los daños derivados de riesgos del trabajo.

Art. 2°

La reparación dineraria se destina a cubrir la incapacidad del trabajador damnificado para

realizar actividades. Las prestaciones médicas y de rehabilitación tiene que otorgarse en

función de la lesión o incapacidad determinada.

Art. 3°

Cuando el daño se produce en el lugar del trabajo o lo sufre mientras se encuentra a

disposición del empleador, el trabajador percibirá la indemnización, un adicional.



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