Organización
Internacional del trabajo. Ginebra, 31/5/2006
Se
reconoce la gran cantidad a nivel mundial de lesiones, enfermedades y muertes
ocasionadas por el trabajo y la necesidad de acciones para reducirla. Se recuerda que la protección de los trabajadores contra enfermedades y accidentes es
uno de los objetivos fundamentales de la OIT. Se reconoce, además, el impacto negativo de esto sobre la
productividad y el desarrollo económico y social. La OIT tiene obligación de
fomentar entre todas las naciones del mundo, programas que permitan proteger la vida y la salud de los
trabajadores. Se hace hincapié en promover una cultura nacional de prevención en seguridad y salud.
Art.
2°
Todo
miembro presente en el Convenio debe promover la mejora continua de la
seguridad y salud del trabajo, para prevenir lesiones, enfermedades y muertes
ocasionadas en el trabajo. Cada uno debe adoptar medidas activas al respecto y
deberá examinarlas.
Art.
3°
Todo
miembro debe promover un ambiente seguro y saludable mediante una política
nacional. Al elaborar esta política nacional, todo Miembro tiene que promover
principios básicos como evaluación de riesgos o peligros de trabajo,
combatirlos, desarrollar una cultura nacional de prevención.
Art.
4°
Todo
Miembro debe establecer y mantener un sistema nacional de seguridad y salud en
el trabajo. Este debe incluir una legislación, convenios colectivos y otros
instrumentos, una autoridad u organismo responsable de la seguridad. Además,
debe poseer mecanismos para garantizar la observación de la legislación y
disposiciones para promover la cooperación entre dirección, trabajadores y
representantes.
Art.
5°
El
programa nacional que elabore cada Miembro, aplique y controle deberá promover
el desarrollo de cultura nacional de prevención, contribuir a los trabajadores
eliminando posibles peligros y riesgos, incluir objetivos, metas e indicadores
de progreso y debe ser apoyado por otros programas y planes nacionales. Este programa
tiene que ser difundido y respaldado por las autoridades nacionales.
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